Trabajador (a) Extranjero (a) Empleado de Confianza de Empresas que Surten sus Efectos en el Exterior

Los requisitos para solicitar el Permiso de Trabajo del Trabajador Extranjero Empleado de Confianza de Empresas que Surten sus Efectos en el Exterior, son los siguientes:

  1. Los requisitos señalados en el artículo sexto (10%), exceptuando la presentación de la Licencia Comercial y la planilla de la Caja del seguro.
  2. Certificación expedida por el Ministerio de Comercio e Industria o por la Superintendencia de bancos que establezca que la empresa aludida no requiere Licencia Comercial, porque sus transacciones se perfeccionan o surten sus efectos en el exterior.

Fundamento Legal: Artículo decimoprimero del Decreto Ejecutivo No. 17 de 11 de mayo de 1999.